Resolución Alternativa de Conflictos.
Medio de resolución de controversias, en el que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar un acuerdo con la intervención de un Mediador.
MEDIADOR: todo tercero a quien se pida que lleve a cabo una mediación con título oficial universitario y formación específica de mediación.
Regulación: La ley 5/2012, de 6 de julio de 2012, incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva 2008/52 CE que fomenta la mediación civil y mercantil.
La Mediación se aplica a problemas vecinales, laborales, civiles, mercantiles, comerciales, educativos y familiares.
No es adecuada para sentar precedente legal en casos de delitos dolosos o falta de interés de conseguir un acuerdo.